Un poder para el derecho es la voluntad de una persona (poderdante) de autorizar a otra (apoderado) a hacer algo que pueda afectar al que da el poder en su propia persona y/o en su propio patrimonio. Así, consiste en una especie de autorización, habilitación o consentimiento para que el que recibe el poder pueda actuar en nombre del que lo otorga con los mismos efectos que se darían si actuara por sí mismo el que dio el poder.
Es el poder que da una persona a otra para que tenga facultades de administración de todo su patrimonio, pudiendo permitirse que se haga cualquier acto sea de la trascendencia que sea, en cuyo caso se conoce informalmente como poder de ruina, o pudiendo excluir alguna actuación concreta como por ejemplo en el caso de los poderes que habilitan a hacer todo salvo realizar donaciones.
Son los poderes que autorizan a realizar una o varias facultades concretas a elección del que otorga el poder.
Contar con un documento de identidad en vigor
La persona debe ser mayor de edad y estar en plenas facultades mentales
Nombres, apellidos y documento de identidad de la persona a quien se va a otorgar el poder notarial
EL poder notarial tarda dependiendo el servicio que se utilice ya que el poder notarial debe ser legalizado mediante Apostilla (convenio de la Haya) para que tenga la perfecta validez en el país que requiera utilizarlo.
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